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Nuevo reglamento de protección contra incendios

El 12 de diciembre de 2017 entrará en vigor el nuevo Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios (RIPCI).

Una de las principales novedades de este nuevo reglamento es la obligación para las empresas mantenedoras e instaladoras de acreditar que cuentan con, al menos, un operario cualificado para todos y cada uno de los sistemas para los que estén habilitados y, además, con un técnico con titulación universitaria o equivalente.

Se incorporan condiciones de instalación para cinco nuevos sistemas:

  • Alumbrado de emergencia.
  • Señalización luminiscente.
  • Sistemas fijos de extinción por aerosoles condensados.
  • Mantas ignífugas.
  • Sistemas para el control de humo y calor.

A partir de la entrada en vigor de la nueva norma se establecerá una regulación de las inspecciones periódicas para las instalaciones de protección contra incendios, existiendo ciertas excepciones (uso residencial vivienda, uso aparcamiento < 500 m2, uso comercial < 500 m2, etc.) que, al no estar reguladas de manera específica, los titulares de las mismas deberán solicitar, al menos, cada diez años la inspección a un Organismo de Control Acreditado.