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Informe de evaluación de los edificios de la comunidad de propietarios

El Decreto 103/2016 de 24 de octubre del Consejo de Gobierno (BOCM) es de aplicación a todos los edificios existentes en la Comunidad de Madrid.

Están obligados a disponer del Informe de Evaluación de los Edificios los propietarios únicos de edificios, las comunidades de propietarios y las agrupaciones de comunidades de propietarios que tengan una antigüedad superior a cincuenta años desde la finalización de las obras de nueva planta o de rehabilitación con reestructuración general, y deberá renovarse con una periodicidad mínima decenal.

El IEE acredita la situación del edificio en relación al estado general de conservación del edificio y en referencia al cumplimiento de las condiciones básicas de accesibilidad universal y con su grado de eficiencia energética.