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Defensa jurídica en seguros de comunidades de propietarios

Puesto que las coberturas ofrecidas por las distintas compañías de seguros pueden variar, lo más recomendable a la hora de contratar un seguro es realizar una comparativa del condicionado general y particular de cada póliza. Y, también, es aconsejable que esté incluida la reclamación de daños.

Debe tenerse en cuenta que, entre otros requisitos, la causa que dé lugar a la solicitud de defensa jurídica tendrá su origen en hechos ocurridos mientras la póliza estuviera vigente.

Con observación de los límites establecidos en la póliza contratada, las coberturas más frecuentes incluidas en la defensa jurídica de la mayoría de las pólizas de seguro multirriesgo de comunidad de propietarios son:

  • Asesoramiento jurídico telefónico.
  • Derechos relativos al edificio, sus anexos, elementos comunes y aparcamiento.
  • Contratos de servicio.
  • Tasas, derechos y costas judiciales.
  • Honorarios y gastos de abogado.
  • Derechos de procurador.
  • Constitución de fianzas.

Y suelen estar excluidas las siguientes:

  • Sanciones y multas impuestas al asegurado.
  • Pago de costas de contrario.
  • Resolución de cuestiones entre miembros de la comunidad de propietarios.
  • Hechos voluntariamente causados por el asegurado.
  • Eventos no previstos en las garantías del seguro.