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Patio de propiedad comunitaria y uso privativo. ¿Quién se ocupa del mantenimiento?

En una comunidad de propietarios, se entiende como elemento común con derecho de uso privativo todo aquel que así figure en las escrituras de propiedad y aquellos cuyo acceso directo sea  a través de una vivienda o local. Ahora bien, ese uso privativo implica la obligación de mantenimiento en condiciones óptimas (limpieza, reparaciones, etc.), incluso cuando el vecino no haga uso de él.