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Código deontológico de la asociación profesional de administradores de fincas

  • 1. Preámbulo

    El presente Código Deontológico ha sido redactado y adoptado con el propósito de que nuestros administradores de fincas tengan un comportamiento profesional, transparente y ético en su relación profesional con las Comunidades que administran.

    Los administradores de Casaminium se obligan por el articulado y estipulaciones de este Código y se comprometen a cumplir tanto en sí mismas como en su espíritu.

    El presente Código establece las normas y conductas básicas de Casaminium Administración de Fincas en su relación con los clientes, así como otros profesionales o empresas con los que mantengan algún tipo de contacto, además de recoger los principios que van a presidir todas estas relaciones. El cumplimiento del presente Código Deontológico es una garantía de buen hacer de nuestros empleados, que se obligan a mantener estos principios y normas como garantía de su excelencia en el servicio que prestan.

    • 1.1. De la Naturaleza de nuestras reglas deontológicas

      Estas reglas deontológicas están diseñadas para garantizar, por su aceptación libremente consentida, la buena ejecución por parte del personal de Casaminium, de sus actividades de Administración de Fincas, de consultoría y asesoramiento, en todo el ámbito del territorio español.

    • 1.2.Objetivos y principios del Código

      Casaminium, así como sus empleados, personal y colaboradores, están obligados a respetar y cumplir el presente Código en el desarrollo de su actividad, como medio para conseguir los fines y objetivos que se resumen en desarrollar y profesionalizar el sector de las Administraciones de Fincas.

    • 1.3. Ámbito de aplicación

      Las siguientes normas se aplicarán a todos los miembros Casaminium Administración de Fincas, a su personal y a todos sus colaboradores, presentes y futuros.

  • 2. Principios generales de la práctica profesional

    El presente Código Deontológico ha sido redactado y adoptado con el propósito de que ofrecer un comportamiento profesional, transparente y ético en la relación profesional con las Comunidades de Propietarios. El personal y colaboradores de Casaminium se obligan por el articulado y estipulaciones de este Código y se comprometen a cumplir tanto en sí mismas como en su espíritu.

    El presente Código establece las normas y conductas básicas de Casaminium SL en su relación con los clientes, así como otros profesionales o empresas con los que mantengan algún tipo de contacto, además de recoger los principios que van a presidir todas estas relaciones. El cumplimiento del presente Código Deontológico es una garantía de buen hacer de nuestra empresa.

    • 2.1. Principio Básico

      Fomentamos la transparencia en la gestión y rompemos el paradigma de ocultismo y poca profesionalidad que tiene, en ocasiones, el sector de la Administración de Fincas.

      Casaminium deberá proveer de herramientas a sus administrados (presidentes, comuneros) que les faciliten la consulta en tiempo real de las cuentas de su comunidad al objeto de que esta información al ser transparente transmita confianza y buen hacer hacia nuestros clientes.

      Estamos obligados a buscar los mejores acuerdos y convenios con empresas de mantenimiento o con profesionales que redunden en la reducción de costes para la comunidad, sin que mermen la calidad de los servicios, pero siendo proactivos en la búsqueda de descuentos por volumen y gestión que se repercutirán íntegramente en el abaratamiento de los servicios.

    • 2.2. Medio ambiente y ahorro energético

      Casaminium promoverá activamente el ahorro energético en cualquier forma y medio. Especialmente fomentaran el ahorro de papel, el de luz en las comunidades, y el reciclaje de material. Además, controlaremos de forma proactiva el gasto en cualquier tipo de energía.

      Este tipo de ahorro será repercutido íntegramente en beneficio de la comunidad de propietarios.

    • 2.3. Ayuda a personas discapacitadas y mayores

      Vigilaremos el cumplimiento de las normas vigentes en cuando a accesibilidad y eliminación de barreras arquitectónicas en las comunidades de propietarios que administremos.

      De igual forma se promoverá el uso de servicios destinados a mejorar la calidad de vida de personas discapacitadas o mayores.

    • 2.4. Independencia

      El ejercicio de los deberes empresariales impone una independencia absoluta a cualquier presión, tanto de la que resulte de sus propios intereses como de cualquier tipo de influencia exterior. Debe evitarse cualquier atentado contra la independencia del administrador, no descuidando en ningún caso la ética profesional, con el objeto de satisfacer los intereses de los clientes y de terceras personas.

    • 2.5. Dignidad

      El administrador de fincas deberá actuar en todo momento con la honorabilidad que requiere esta profesión, evitando todo comportamiento que suponga descrédito para la misma.

    • 2.6. Integridad

      El administrador de fincas debe ser diligente, honesto y leal en el desempeño de su actividad y en la relación con sus clientes y terceros, evitando con los mismos situaciones de conflicto.

    • 2.7. Formación y Profesionalidad

      Todo nuestro personal deberá estar familiarizado con las leyes, ordenanzas, reglas, regulaciones, políticas públicas, costumbres, tecnología, herramientas, formas y procedimientos que afecten al sector de la Administración de Fincas, en su ámbito de actuación. Nuestro personal recibe y tiene la formación y preparación adecuada.

    • 2.8. Diligencia

      El administrador debe recabar la mayor información posible sobre los productos que sean objeto de su actividad y le sean encargados por el cliente, para poder cumplir correctamente su cometido.

      En el caso de que se le entreguen fondos o cantidades para afianzar operación, se deberán custodiar con total diligencia.

    • 2.9. Imagen

      Estamos obligados a eliminar cualquier práctica y comportamiento que pudiera dañar la imagen hacia el público o desacreditar la profesión de Administración de Fincas.

    • 2.10. Publicidad

      Casaminium se identificará a la hora de realizar cualquier acción publicitaria encaminada a darse a conocer al público en general, además deberá cerciorarse de la veracidad de los datos y de la información que aparezca en su publicidad.

  • 3. Relación con los clientes

    • 3.1. Obligaciones con los clientes

      Casaminium no actuará sin encargo previo de su cliente y deberá actuar en todo momento conforme a la legislación vigente en todas las operaciones en las cuales intervenga. Es, en todo caso, libre de rechazar o aceptar los asuntos en que se solicite su intervención, no siendo necesario expresar los motivos de su decisión.

      Casaminium no aceptará un encargo si sabe que no tiene competencia o capacidad para realizarlo óptimamente.

    • 3.2. Buena Fe

      Nuestro personal actuará, en todo momento, de buena fe y en defensa de los intereses de sus clientes, guardando fidelidad a los mismos, pero tratando de manera justa e igualitaria a todas las partes en relación.

    • 3.3. Veracidad

      Todo el personal de Casaminium deberá dar información real y veraz en su publicidad y en sus presentaciones, y en modo alguno equivocará ni creará confusión al público.

      Ningún miembro de nuestro equipo llevará al equivoco, ni fomentará o creará confusión a un cliente, proveedor, profesional de la administración de fincas o cualquiera otra de las partes de una relación comercial, ni usará ningún procedimiento fraudulento o engañoso en el ejercicio de su trabajo. Nuestros empleados y colaboradores evitarán la exageración, el falseamiento o la manipulación de hechos relevantes relativos a la prestación de sus servicios.

    • 3.4. Igualdad

      Casaminium Administración de Fincas no dejará de dar un servicio profesional condicionado a ninguna persona por motivos de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social, ni podrán tomar parte en ningún plan o acuerdo para discriminar a ninguna persona en razón a los motivos ya expuestos.

    • 3.5. Calidad

      Todo nuestro personal deberá proporcionar un servicio de excelencia por encima del nivel de servicio comúnmente esperado por el público en su trato con un administrador de fincas.

      Todos los miembros de Casaminium deberán recomendar a sus clientes que reciban consejo legal cuando la defensa de sus intereses así lo requiera y ninguno aconsejará sobre asuntos que estén más allá de su experiencia profesional.